PASTORAL INDÍGENA

Pastoral Indígena

Objetivo General

Acompañar, impulsar y animar el trabajo pastoral en las etnias indígenas, para que, en el contexto de la Nueva Evangelización y de acuerdo a sus realidades socio culturales y religiosas, se vaya consolidando una Iglesia con corazón y rostro multiétnico, en comunión con toda la Iglesia universal.

Justificación

Como discípulos misioneros al servicio de la vida, acompañamos a los pueblos indígenas en el fortalecimiento de sus identidades y organizaciones propias, la defensa del territorio, una educación intercultural bilingüe y la defensa de sus derechos. Debemos crear conciencia en la sociedad acerca de la realidad indígena y sus valores, a través de los medios de comunicación social y otros espacios de opinión. A partir de los principios del Evangelio apoyamos la denuncia de actitudes contrarias a la vida plena de los pueblos originarios, y a proseguir la obra de evangelización de los indígenas, así como a procurar los aprendizajes educativos y laborales con las transformaciones culturales que ello implica[1].

Metas:

Promover el proceso de la Nueva Evangelización desde el conocimiento y la valoración de la diversidad de etnias indígenas, para lograr la encarnación del Evangelio en las diversas culturas.

Fortalecer el rescate de los valores étnicos, la recuperación de la identidad cultural y la reivindicación de las propias tradiciones de los pueblos indígenas.

Favorecer en todo el Vicariato, desde la realidad de los indígenas, especialmente en las generaciones jóvenes, procesos de reconciliación y respeto de la diversidad cultural para lograr la reconstrucción del tejido social y sanar las heridas del pasado.

Mantener la comunicación y diálogo con las autoridades indígenas y demás instituciones indígenas, con miras a asegurar el mayor respeto y cooperación en el conocimiento de la misión evangelizadora de la Iglesia, estando abiertos al Espíritu y a los signos de los tiempos.

Acompañar los planes de vida tanto en la formación como en la redacción y su debida ejecución.


[1] DA n° 530